Además
de los 12 compromisos que tod@ integrante de PODEMOS debe suscribir
–que se enumeran en el Documento de Principios Éticos "Claro
que Podemos" votado mayoritariamente en la asamblea
constituyente estatal– los miembros de PODEMOS HUESCA deberán
someterse a los siguientes compromisos adicionales:
1) aceptar
la restricción del derecho al sufragio pasivo a cargos
orgánicos internos, así como su participación en
comisiones estratégicas, a miembros o afiliad@s de
organizaciones políticas de ámbito estatal, autonómico
o local.
2) Ningún/a
miembro de los órganos señalados antes podrá
formar parte del equipo directivo o accionarial de cualquier empresa
privada que pudiera beneficiarse de la contratación de los
servicios externos que necesite un Círculo para sus
actividades.
3) Ningún/a
miembro podrá formar parte de los órganos señalados
antes en caso de haber sido procesado y condenado por asuntos de
corrupción administrativa o política en los últimos
5 años.
4)
Cualquier miembro de los órganos antes señalados deberá
inhibirse en la toma de decisiones y abstenerse de optar a cargos
electos con el objetivo de representar intereses personales,
económicos o políticos ajenos a los que correspondan en
cada caso al cargo electo en cuestión, con las siguientes
puntualizaciones en cuanto a los motivos de su abstención:
a. Tener
interés personal en el asunto de que se trate o en otro en
cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser
administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión
litigiosa pendiente con algún interesado.
b. Tener
parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad
dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los
administradores de entidades o sociedades interesadas y también
con los asesores, representantes legales o mandatarios que
intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho
profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento,
la representación o el mandato.
c. Tener
amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las
personas mencionadas en el apartado anterior.
d. Haber
tenido intervención como perito o como testigo en el
procedimiento de que se trate.
e. Tener
relación de servicio con persona natural o jurídica
interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos
últimos años servicios profesionales de cualquier tipo
y en cualquier circunstancia o lugar.
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